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Resolución del Seremi de Vivienda que le cerró la puerta al Mall de 14 Norte

Acogiendo la instrucción de la Contraloría General de la República, en su calidad de administración activa, desechó requerimiento interpuesto por la Inmobiliaria Mall Viña del Mar S.A., en favor del proyecto Mall Marina Arauco 2.mall 14 norte2

Ocho páginas contiene el Ordinario 2110 redactado por el seremi de Vivienda y Urbanismo. Mauricio Candia Llancas y dirigido a Sergio Novoa, gerente general de la Inmobiliaria Mall Viña del Mar S.A, empresa conformada en partes igual por Cencosud, Ripley y Falabella, donde desestimó el último intento administrativo por revertir la caducidad del proyecto del denominado Mall de 14 Norte.

«No resulta procedente que esta Seremi ponderé o emita un pronunciamiento referido a la condición de buena fe en que se encontraría el titular del proyecto, y los eventuales perjuicios que este podría experimentar, toda vez que hacerlo constituiría una
inobservancia al criterio dictaminado por la Contraloría».

Parte fundamental es donde Candia desestima el argumento de la buena fe y se limita a indicar que los permisos de obras caducan automáticamente a los 3 años, hecho que en este caso ocurrió el 2003.

En lo resolutivo el dictamen indica: “En lo relativo al resto de las alegaciones formuladas en su presentación, corresponde hacer presente que la Contraloría General de la República ha precisado, en el dictamen referido a este caso, que la evaluación o consideración de los eventuales derechos adquiridos, la buena fe y la confianza legítima de los titulares de permisos de edificación resultan, en sede administrativa, ajenas a los efectos de que la autoridad competente declare si operó o no la caducidad de un permiso, criterio que se ha replicado por medio del dictamen N’ 51.178, de 2015. A mayor abundamiento los dictámenes N’ 35.166 de 2010 y 40.981 de 2015 precisaron que la caducidad opera de manera automática, limitándose la autoridad, en el caso de concurrir los supuestos, a dictar el acto administrativo correspondiente”.

“Por lo anterior no resulta procedente que esta Seremi ponderé o emita un pronunciamiento referido a la condición de buena fe en que se encontraría el titular del proyecto, y los eventuales perjuicios que este podría experimentar, toda vez que hacerlo constituiría una inobservancia al criterio dictaminado por la Contraloría. Lo anterior es sin perjuicio del derecho que le asiste de hacer valer dichas alegaciones en otras instancias competentes”.

Noticia redactada Por Equipo Prensa ANIN.CL
Fuente:   www.anin.cl