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Energías Renovables: Ley 20.571 de Generación Distribuida

Ley20571En nuestro país desde octubre del 2014 está vigente la Ley 20.571 para la Generación Distribuida, la base legal para el uso de energías renovables otorgando derecho a los pequeños y medianos consumidores a generar su propia energía.

El objetivo de la ley es dar derecho a los clientes regulados de las Empresas Distribuidoras a generar su propia energía eléctrica, mediante medios renovables no convencionales o de cogeneración eficiente, autoconsumirla y vender sus excedentes de energía a la empresas distribuidoras.

Entonces, ¿En que nos beneficia exactamente la Ley 20.571 para la Generación Distribuida?, aquí te dejamos la respuesta:

  Autogeneración  

La autogeneración consiste en la generación de energía eléctrica realizada en nuestro hogar, escuela o negocio. Incluso comunidades como edificios o condominios podrán ponerse de acuerdo para hacerlo. Como requisito para poder inyectarla a la red, ésta debe haber sido generada mediante energías renovables no convencionales o mediante cogeneración eficiente. Además, el sistema de generación no debe producir más de 100 kilowatts y la capacidad conectada debe ser inferior a 2.000 kilowatts.

  Autoconsumo   

La energía autogenerada suplirá parte del consumo eléctrico de nuestro hogar, escuela, negocio o industria. Los sistemas que utilizan energía fotovoltáica, por ejemplo, son una alternativa eficiente en las zonas del país donde existe una elevada radiación y/o elevados precios de energía. Los paneles fotovoltáicos requerirán un inversor. Este dispositivo permitirá transformar la energía producida por el campo solar de corriente continua a corriente alterna, que es la que utiliza la red común.​​

  Electricidad de la red   

Cuando la energía autoproducida no alcance a satisfacer el consumo de nuestro hogar, entonces la electricidad se obtendrá de la red. En los sistemas fotovoltaicos esto ocurre sobre todo durante la noche, cuando no existe la suficiente cantidad de luz para producir energía.

  Contribución a la red    

Si la electricidad producida por el sistema de autogeneración es mayor a la consumida, entonces podremos inyectarla a la red eléctrica. Gracias a la Ley 20.571, los clientes tienen el derecho a vender sus excedentes a las empresas distribuidoras. 

   Cuenta más barata     

A fin de mes, el medidor habrá registrado no sólo el consumo energético sino que también los aportes realizados. La Generación Ciudadana descontará de nuestra cuenta de luz los aportes a la red. La nueva Ley 20.571 consagra este derecho, promoviendo que los clientes de las empresas distribuidoras utilicen el mecanismo.

   Aprende más sobre la Ley 20.571 para la Generación Distribuida en este vídeo  

Básicamente esta ley reglamenta la manera en que quienes cuentan con equipos para generar electricidad en sus domicilios puedan entregarlos a la red eléctrica publica.

El funcionamiento del sistema incluye un medidor bidimensional que registra el consumo normal desde la red eléctrica y los excedentes que se inyectan.

ley energia solar

El autoconsumo permitirá no sólo aumentar la eficiencia energética, aprovechando toda la energía generada, sino que también utilizar energías renovables no convencionales y sistemas de cogeneración eficiente. De esta forma, estaremos contribuyendo para contar con un planeta más limpio y saludable.

Los métodos alternativos de energía se están posicionando fuertemente en muchos países, por eso Chile no es la excepción, para quienes estén interesados en contar con este sistema deben ponerse en contacto con la compañía eléctrica correspondiente y completar un formulario de solicitud. La compañía se ve en la obligación de acceder a este requerimiento.

Si necesitas más información,  puedes visitar la web del Ministerio de Energía del gobierno de Chile.

Fuente:   www.sec.cl